Control calidad del agua

Agua de calidad

En SGAB nos tomamos muy en serio tu salud y la de nuestro entorno. Te garantizamos que el agua que recibes en tu hogar cumple con todos los requerimientos legales, ofrece la máxima seguridad de consumo y que supera los más exhaustivos controles de calidad.

La Unión Europea y la legislación española determinan la calidad que debe tener el agua del grifo a través del Real Decreto 3/2023 de 10 enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de calidad del agua de consumo, su control y suministro. De forma consensuada con la Autoridad Sanitaria en SGAB hemos desarrollado un Plan de Control Analítico que establece la frecuencia y los parámetros a analizar, asegurando el total cumplimiento del Programa de Vigilancia Sanitaria del agua de consumo autonómico. 

Para garantizar la calidad del agua y que esta sea totalmente segura para el consumo humano en SGAB realizamos múltiples análisis y controles en laboratorios acreditados y certificados que permiten garantizar la máxima fiabilidad de los resultados. Los datos se remiten al Ministerio de Sanidad y se publican en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).

Hay que recordar que la responsabilidad de asegurar la calidad del agua del grifo es múltiple, estando implicados el Ministerio de Sanidad, las Autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, la empresa suministradora y cada propietario de las instalaciones interiores dentro de su propiedad.

Tipos de análisis

Para asegurar la calidad del agua, se realizan los siguientes tipos de análisis:

Análisis de control en red de distribución

Para determinar los caracteres fisicoquímicos organolépticos y microbiológicos del agua.

Análisis completo de la red y depósitos

Para determinar los caracteres organolépticos, fisicoquímicos, metales, trihalometanos, plaguicidas, hidrocarburos aromáticos policíclicos y caracteres microbiológicos.

Análisis de radiactividad

Acorde con la última modificación realizada en el Real Decreto 3/2023, establece que debe determinarse el potencial de actividad radiactiva en las aguas de consumo humano.

Determinación cloro residual libre in situ

Para garantizar la correcta desinfección del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Vilafranca de Bonany son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany, P0706500F, https://ajvilafrancadebonany.net/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 

 

El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Vilafranca de Bonany dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/ .

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Sineu son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Sineu, P0706000G, https://ajsineu.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 

 

El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Sineu dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha  la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.
Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/ .

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santanyí son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santanyí , P0705700C, https://ajsantanyi.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Santanyí dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears.
https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santa Margalida son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santa Margalida, P0705500G, https://www.ajsantamargalida.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, Santa Margalida (Vila) dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears.
https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santa Eugènia son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santa Eugènia, P0705300B, https://ajsantaeugenia.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Salines (Ses) son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Salines (Ses) , P0705900I, https://ajsessalines.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Porreres son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Porreres, P0704300C, https://porreres.cat/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Montuïri son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Montuïri , P0703800C, https://www.ajmontuiri.net/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Maria de la Salut son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Maria de la Salut, P0703500I, https://www.ajmariadelasalut.net/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Llubí son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Llubí , P0703000J, https://llubi.cat/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Lloret de Vistalegre son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, P0702800D, https://www.ajlloretdevistalegre.net/es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.

 

La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 

 

El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Lloret de Vistalegre dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/ .

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Costitx son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Costitx , P0701700G, https://www.ajcostitx.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, Costitx dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears.
https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Castell (Es) son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Castell (Es), P0706400I, https://www.aj-escastell.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.

 

La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 

 

El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Es Castell, zona núcleo urbano, Sol Vilar, Santa Ana y Sol del Este, dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

 

En las zonas de Es Castell, Seoane y Trebaluger existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación. 

 

Se puede consultar  todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/ .

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Calvià son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Calvià, P0701100J, https://ajariany.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ariany son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ariany, P0706600D, https://ajariany.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

 

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

 

Según lo anterior, Ariany dispone del PSA elaborado para el año 2023 que determina que existe un incumplimiento de nitratos en el agua suministrada en red. Este incumplimiento ha sido informado a la autoridad sanitaria y a los consumidores tal y como se establece en la legislación.


Pueden consultar todo lo referente a este parámetro y su afectación sanitaria en la web de la Conselleria de Salut de les Illes Balears.
https://www.caib.es/sites/salutambiental/ca/nitrats-26197/

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Algaida son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Algaida, P0700400E, https://ajalgaida.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alaró son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alaró , P0700100A, https://ajalaro.net/ca

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alaior son gestionadas por HIDROBAL, A08000234, https://www.hidrobal.net/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alaior, P0700200I, https://www.aj-alaior.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.


La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.


La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. 


El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.


El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.


Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.

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